
Infomedia Bolivia | 3 de junio de 2026
El proyecto de ley de Estado de Excepción enviado por el Órgano Ejecutivo a la Asamblea Legislativa establece una serie de medidas extraordinarias que podrían aplicarse en situaciones de grave alteración del orden público, como la que actualmente atraviesa el país tras más de un mes de protestas y bloqueos en diferentes regiones.
La propuesta, que aún debe ser debatida y aprobada por la Asamblea Legislativa, define las facultades de las fuerzas del orden, las restricciones permitidas y los límites que deberán respetarse durante la vigencia de un eventual estado de excepción.
Arrestos y aprehensiones
Uno de los aspectos más relevantes se encuentra en el artículo 10, que autoriza a las fuerzas del orden a ejecutar arrestos de hasta 12 horas para quienes incumplan las disposiciones establecidas durante el estado de excepción.
Asimismo, contempla la aprehensión y conducción de personas a dependencias de la Policía Boliviana o del Ministerio Público cuando existan delitos flagrantes que ameriten un proceso penal.
La iniciativa también faculta la intervención o clausura de locales comerciales privados y el secuestro de bienes cuando así lo determinen las autoridades competentes en el marco de las medidas excepcionales.
Participación de las Fuerzas Armadas
El artículo 22 regula la participación de las Fuerzas Armadas en operaciones de control de disturbios civiles mediante la declaratoria de “Estado de excepción por conmoción interna”.
Sin embargo, el proyecto establece que los militares solo podrán intervenir cuando la Policía Boliviana haya sido superada por los hechos y no exista otro mecanismo efectivo para restablecer el orden público.
Restricciones y derechos protegidos
La propuesta señala que durante la vigencia de un estado de excepción podrán imponerse restricciones a determinados derechos y garantías constitucionales. No obstante, aclara que existen derechos fundamentales que no podrán ser suspendidos bajo ninguna circunstancia.
Entre ellos se encuentran el derecho a la vida, la integridad personal, la igualdad ante la ley y la prohibición de toda forma de discriminación.
Límites para las fuerzas del orden
El artículo 20 también establece prohibiciones expresas para la Policía Boliviana y las Fuerzas Armadas durante la aplicación de un estado de excepción.
La norma impide el uso indiscriminado de la fuerza, la práctica de torturas, las ejecuciones extrajudiciales y las detenciones arbitrarias, estableciendo responsabilidades para quienes vulneren estas disposiciones.
Debate en la Asamblea
La iniciativa surge en un contexto de conflictividad social que mantiene bloqueadas diversas carreteras del país y ha generado problemas de abastecimiento y dificultades en la prestación de servicios esenciales.
Ahora será la Asamblea Legislativa la encargada de analizar, debatir y definir si las medidas contempladas en el proyecto de ley entran en vigencia o sufren modificaciones durante su tratamiento parlamentario.
Con información de Unitel.
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