
INFOMEDIA, 15 de octubre de 2025
La Cámara de Senadores sancionó este miércoles la Ley N.º 547/2024-2025, que dispone la suspensión de embargos y un periodo de gracia de seis meses en el pago de créditos de vivienda de interés social y créditos otorgados a micro y pequeñas empresas.
La norma fue enviada al presidente Luis Arce para su promulgación.
Seis meses de alivio financiero
De acuerdo con el texto aprobado, la ley establece que, durante seis meses a partir de su publicación, quedarán suspendidos en todo el territorio nacional los embargos, remates, ejecuciones y desapoderamientos sobre bienes que sirvan como garantía crediticia.
Además, las entidades financieras deberán aplicar automáticamente un periodo de gracia a los pagos de cuotas, que incluye capital, intereses, seguros y comisiones, tanto para créditos de vivienda social como para micro y pequeñas unidades económicas.
La senadora Gladys Alarcón, quien presidió la sesión, destacó que la medida busca proteger a las familias y pequeños emprendedores que enfrentan dificultades económicas.
“La Cámara de Senadores ha cumplido con su labor al aprobar esta normativa; ahora corresponde al Ejecutivo su promulgación”, afirmó.
Antecedentes y motivaciones
El proyecto fue aprobado previamente por la Cámara de Diputados el pasado 12 de septiembre, tras un debate que recogió demandas de prestatarios afectados por la contracción económica, fenómenos climáticos y conflictos sociales que impactaron en su capacidad de pago.
Según la exposición de motivos, el objetivo central es “proteger el patrimonio familiar y productivo durante situaciones económicas adversas”, reafirmando el compromiso del Estado con los sectores más vulnerables.
Qué establece la ley
| Aspecto | Contenido principal |
|---|---|
| Duración del beneficio | Seis meses desde la publicación de la ley. |
| Suspensión judicial | Quedan en pausa embargos, remates y ejecuciones. |
| Aplicación automática | No se requiere trámite por parte del prestatario. |
| Pago voluntario | Quienes deseen, pueden seguir abonando sus cuotas. |
| No es condonación | Los montos diferidos deberán ser pagados posteriormente. |
Reacciones del sector financiero
Desde la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (ASOBAN) se advirtió que la medida podría afectar la estabilidad del sistema financiero si no se acompaña de mecanismos compensatorios.
Asimismo, la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) expresó su preocupación por la intervención estatal directa en acuerdos contractuales entre entidades y prestatarios.
Lo que sigue
Con la sanción legislativa, el texto fue remitido al Órgano Ejecutivo.
Una vez promulgada, el Gobierno deberá emitir la reglamentación respectiva para definir la aplicación práctica de los diferimientos y supervisar su cumplimiento por parte de las entidades financieras.
La Ley de Diferimiento de Créditos y Suspensión de Embargos representa uno de los principales intentos del Estado para aliviar la presión financiera sobre las familias y microempresarios en un contexto de desaceleración económica.

