
El presidente del Estado, Rodrigo Paz Pereira. Foto: Rodrigo Paz
Martes, 20 de enero de 2026
La Sala Constitucional Primera de El Alto denegó este martes la acción popular interpuesta contra el Decreto Supremo 5515, norma que autoriza al presidente del Estado, Rodrigo Paz Pereira, a ejercer funciones de gobierno a distancia.
La acción fue presentada por el abogado constitucionalista Wilmer Vásquez, quien argumentó que el decreto vulnera la Constitución Política del Estado (CPE) y que las decisiones asumidas bajo esa modalidad carecerían de validez legal.
Sin embargo, en su resolución, la Sala Constitucional determinó que la acción popular no es la vía idónea para contrastar una norma de carácter general, como un decreto supremo, con la CPE, ni para establecer su presunta incompatibilidad constitucional.
“En consecuencia, esta Sala se ve impelida a denegar la tutela solicitada, aclarando además que no se ingresó al fondo de la problemática planteada”, señala el fallo emitido por el juez constitucional a cargo del caso.
Horas antes de conocerse la resolución, Vásquez reiteró públicamente que el Decreto 5515 vulnera principios constitucionales y sostuvo que los actos administrativos y decisiones adoptadas por el mandatario bajo esta figura podrían ser declarados nulos.
Cabe recordar que el mismo abogado también interpuso una acción popular contra el Decreto Supremo 5503, el cual fue igualmente rechazado por la instancia constitucional, al no cumplir con los presupuestos legales para su admisión.
El Decreto 5515 ha generado debate político y jurídico en el país, en medio de cuestionamientos de algunos sectores sobre la modalidad de ejercicio del poder ejecutivo, mientras el Gobierno sostiene que la norma se enmarca en la legalidad vigente.
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