
Página Siete Digital
Seis nuevos sectores en el ámbito de valores y seguros, fuera de los bancos, deben pagar la alícuota adicional del 25% al impuesto a las utilidades de las empresas (IUE), según dispone el Decreto Supremo 4646.
Esta norma reglamenta la Ley 1413 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2022 y el sector asegurador y un analista señalan que la obligación rige para las utilidades generadas en 2021.
La disposición adicional cuarta del Decreto señala que se modifica el artículo 2 del Decreto Supremo 3005 de 30 de noviembre de 2016, Reglamento para la Aplicación de la Alícuota Adicional del IUE Financiero.
“Los sujetos alcanzados por la AA-IUE Financiero son las entidades de intermediación financiera, empresas de arrendamiento financiero, almacenes generales de depósito, sociedades administradoras de fondos de inversión (SAFI), agencias de bolsa y sociedades de titularización reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), entidades aseguradoras y reaseguradoras reguladas por la Autoridad de Fiscalización y Control de Pensiones y Seguros (APS), de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 ter. de la Ley 843”.
En la Ley del PGE 2021 se estableció la obligación del IUE adicional para estos sectores siempre y cuando su rentabilidad supere el 6%.
El gerente de la Asociación Boliviana de Aseguradores (ABA), Justino Avendaño, indicó que la disposición ya regía en la Ley del PGE del año pasado, pero se hará efectiva ahora si las empresas reportan utilidades de la gestión 2021.

